10 de junio de 2023

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Mil normativas excepcionales en España pandemia de 12 meses

Agentes de la Policía Nacional en un control en la provincia de Ourense (Galicia), el pasado mes de enero.
Agentes de la Policía Nacional en un control en la provincia de Ourense (Galicia), el pasado mes de enero.Brais Lorenzo / EFE

La pandemia está siendo combatida por el gobierno y las comunidades debido a la norma. Se acordaron resoluciones, decretos, ordenanzas, leyes y leyes para cubrir las medidas sanitarias, económicas y sociales para enfrentar el virus. El resultado es 12 meses después. una densa red legal ya consta de más de 3000 estándares que siguen creciendo cada semana. Los expertos reconocen que la naturaleza extraordinaria de la situación requiere un marco legal cambiante, aunque puede generar incertidumbre, pero están pidiendo reformas legales para resolver las lagunas que se vienen arrastrando desde hace un año y que podrían simplificar el lío regulatorio.

La lucha de los gobiernos contra COVID-19 ha tenido muchas pruebas y errores. Se inició con medidas que se dieron en concreto, como cerrar las fronteras a los ciudadanos de los primeros países conquistados por el virus o cerrar las escuelas, y a los pocos días los españoles fueron encerrados en sus casas mediante una orden que activó por primera vez la condición de alarma para toda el área nacional. Un cierre de dos semanas se convirtió en un cierre de tres meses.

Las réplicas económicas y sociales no tuvieron bajo control la primera fase de la crisis de salud, pero las réplicas económicas y sociales ya estaban fuera de control, lo que obligó al ejecutivo central y a los gobiernos a aprobar las medidas. virus en todas las áreas. Las tres crisis siguen activas hoy y los gobiernos siguen agregando hilos al entramado legal que comenzó a entrelazarse hace un año. Según el conteo realizado por EL PAÍS con los datos que recopila el Boletín Oficial del Estado (BOE), el gobierno central, las 17 comunidades y Ceuta y Melilla han aprobado más de 3000 normativas para combatir la pandemia desde marzo de 2020.

Las tres crisis siguen activas hoy y los gobiernos siguen agregando hilos al entramado legal que comenzó a entrelazarse hace un año. Según la puntuación realizada por EL PAÍS con los datos aportados por la Boletín Oficial (BOE), el Gobierno central, las 17 comunidades y ciudades autónomas y Ceuta y Melilla han aprobado más de 3000 normativas para combatir la pandemia desde marzo de 2020.

El impulso del confinamiento inicial

En los primeros meses, el estado asumió casi toda la responsabilidad y con ella la mayor parte de la producción legal, que entre marzo y mayo ascendió a más de 200 regulaciones anticovidas. Desde entonces, el gobierno central ha promulgado otras cien, incluidas dos leyes (la Ley de Medidas Procesales y Organizacionales para tratar el covid-19 en el campo de la Justicia y la ley de medidas urgentes en el campo de la agricultura y la alimentación). También 22 leyes y 13 ordenanzas. Algunas regulan aspectos de salud (como la Ley de 9 de junio de Medidas Urgentes de Prevención, Restricción y Coordinación) y otras intentan abordar los efectos del virus en sectores como el transporte, la agricultura y la energía, o regular la asistencia social. .

Diferentes aproximaciones

Con el inicio del verano, cuando las comunidades adoptaron por primera vez la gestión del desarme y luego las competencias para modular las medidas tras la aprobación del estado de emergencia en octubre, fueron los gobiernos regionales los que asumieron la mayor parte de la normativa. desarrollo. Juntos, desde la pandemia, han aprobado más de 3.000 órdenes, resoluciones, ordenanzas, leyes y leyes, aunque la producción ha aumentado en los últimos meses. Las comunidades más productivas fueron Castilla-La Mancha, con 672; Andalucía, con 351; y Madrid, con 246. Las que menos normativas han cumplido son las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, con 39 y 76 respectivamente; La Rioja, con 61; y País Vasco, con 41.

Estas diferencias ya revelan las diferencias de criterio que existen a la hora de regular las decisiones. Algunas, como Andalucía y Castilla-La Mancha, descentralizaron la normativa dentro de su propio territorio, traduciendo cada medida en tantas normativas como provincias, y concretando las decisiones en función de la situación de cada territorio. Por otro lado, Castilla y León, la comunidad con más provincias, pero que centralizó la producción regulatoria y emitió solo 88 (en el recuento se excluyeron los convenios gubernamentales, que en esta comunidad ascendieron a 64).

El riesgo de una regulación excesiva

El riesgo de hiperregulación. “Había que tomar decisiones a medida que se generaban riesgos y creo que lo más adecuado se hacía en general dentro de la improvisación que las circunstancias requerían”, dice Lourdes López, catedrática de Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Cantabria. Como ella, la mayoría de los juristas consultados creen que la hiperregulación normativa es propensa a la confusión y la inseguridad jurídica, pero reconocen que la situación es tan excepcional que no puede medirse con criterios ordinarios. “Quizás el mayor error sea comunicarse con el público”, advierte López.

Ana Carmona, catedrática de derecho constitucional de la Universidad de Sevilla, muy criticada por la calidad técnica de la normativa que regía los primeros meses de la pandemia, cree que el gobierno está “refinando” su producción y sabe adaptarse a ‘un cambio situación. La delegación de competencias a las comunidades ha permitido adecuar las medidas a la situación de cada zona, pero los expertos coinciden en que la gestión de este gobierno ha dejado al descubierto importantes lagunas legales y del estado autónomo.

Aclarar los límites

Creímos que mejor resolvíamos la división de poderes entre el Estado y las comunidades ‘, prosigue el profesor López, aludiendo a los múltiples enfrentamientos entre los gobiernos central y autonómico cada vez que intentan imponer medidas que afectan a algunas regiones. La última entrega, la amenaza de rebelión en Madrid contra el cierre del puente de San José y Semana Santa, según los expertos se debe a uno de los grandes errores legales que cometió el gobierno en el año de la pandemia: no la reforma de la legislación orgánica de 1981 que regula las condiciones de alarma, excepción y asedio, ni la ley de medidas especiales en salud pública de 1986. Los tribunales.

“¡Cómo podemos seguir discutiendo si Madrid puede rechazar el cierre de las comunidades en esta etapa!” Se lamenta Agustín Ruiz Robledo, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada. ‘Todavía no sabemos si el consejo de salud interteritorial es vinculante. Y no lo sabemos, porque el decreto de alarma no puede dejarlo claro. “O reformar las leyes orgánicas en las que se amparan estas decisiones y dejar claro cuándo se pueden delegar poderes a las comunidades y qué decisiones pueden tomar y cuáles no”, dijo el profesor.

En el marco legal diseñado por las comunidades, existen rankings (resoluciones y órdenes) mucho más bajos que paradójicamente se han utilizado en muchos casos para regular las medidas más restrictivas de derechos. En otros, estas restricciones se concretan con convenios que ni siquiera pueden ser considerados normativos y que, como advierte Lorenzo Cotino, coordinador del Observatorio de Derecho Público y Constitucional y covid-19, suelen estar incluidos en los boletines oficiales autonómicos del apartado “otras provisiones”.

Los abogados entienden que, incluso a regañadientes, a las comunidades se les permite “modular” la restricción de derechos a través de la delegación del Primer Ministro, aunque algunos como Ruiz Robledo no están de acuerdo con esta interpretación y creen que actualmente está, de acuerdo con la ley de condiciones de alarma. , el ejecutivo central solo puede delegar la gestión de una crisis de salud si afecta a un área específica, pero no como en este caso a todo el país.

Restricción de derechos.

Surgen dudas cuando los gobiernos regionales dictan regulaciones que restringen las libertades amparadas por la Ley de Medidas Especiales de Salud de 1986. “Una cosa es el gobierno y la otra que las comunidades pueden restringir los derechos fundamentales. La ley establece que podrán ‘tomar las medidas que se consideren necesarias’ y se ha decidido que todo encaja ahí ”, lamenta Cotino, quien recuerda que los tribunales tuvieron que intervenir en varias ocasiones, especialmente durante los meses en los que lo hacen. no, prevaleció la condición de alarma. “Se veía que era un caos y que había que volver a tomar una decisión”, dice Ana Carmona.

Los abogados temen que esta situación se repita a partir del 9 de mayo, cuando finaliza el actual estado de emergencia. Es demasiado pronto para saber dónde estará la crisis de salud, pero está comenzando demasiado tarde para abordar las reformas legales que la mayoría de los expertos consideran necesarias. ‘Podemos seguir improvisando’, advierte Ruiz Robledo, ‘pero si los poderes públicos se acostumbran a patear la Constitución y las leyes en cosas en las que todos estamos de acuerdo que se puede dar porque estamos en medio de una pandemia, entonces ellos los daremos por cosas en las que ya no estamos tan de acuerdo ”.