27 de septiembre de 2023

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Ayuda para empresas y autónomos: Plan de ayuda tardío pero correcto | Opinión

La tercera vicepresidenta y ministra de Economía, Nadia Calviño, en rueda de prensa este viernes.
La tercera vicepresidenta y ministra de Economía, Nadia Calviño, en rueda de prensa este viernes.Dani Duch / GTRES

El Consejo de Ministros extraordinario celebrado ayer decidió adjudicar el paquete de ayudas a las empresas más dañadas por la crisis en tres destinos. De los 11.000 millones de euros inicialmente anunciados, la parte más importante -7.000- son ayudas directas no reembolsables a empresas y autónomos. Otros 3.000 serán gestionados por el ICO para ampliar los importes y condiciones de las garantías ya concedidas, que permitirán convertir los créditos en préstamos participativos, así como permitir transferencias directas a pymes y autónomos para reducir la cabeza. . . Con los 1.000 millones de euros restantes se constituirá un fondo de recapitalización, gestionado por la empresa estatal Cofides, para reforzar los balances de las empresas.

Las medidas llegan tarde en cuanto a lo deseable; y pueden ser inadecuados. Pero si bien es tarde, en muchos sentidos es una asignación correcta, debido al mayor énfasis en la ayuda directa sobre la desgana inicial y debido a una cantidad considerable de herramientas para garantizar que la ayuda no se desperdicie. La ayuda debería utilizarse para pagar costes fijos y reducir la deuda con los proveedores contratados desde marzo de 2020. Es bueno que el gobierno al menos hasta junio de 2022 limite este apoyo al mantenimiento de la actividad, que es la distribución de dividendos y el aumento de la retribución de los directores. También será necesario estar al día con el pago de la deuda tributaria y no trabajar en paraísos fiscales. También es positivo vincular el gasto a lo declarado en 2019: quien engaña tiene consecuencias. Es razonable que la asistencia no reembolsable sea distribuida por las comunidades autónomas, aunque esta decisión no está expuesta a aspectos problemáticos que habrá que vigilar en el desarrollo.

La ampliación del importe y plazos de las garantías otorgadas por el ICO, y la posibilidad de convertir los créditos en préstamos participativos, es una opción válida que podría ampliarse si el tamaño medio de las empresas fuera mayor. En caso de insolvencia, el importe pendiente de estos préstamos será capital de propiedad pública.

Es importante que se cumpla efectivamente con el plazo de 40 días requerido para que estos recursos lleguen a las empresas. También es necesario aplicar este ‘código de buenas prácticas bancarias’ para que los bancos realicen la correcta asignación de los recursos intermediarios, ya que una buena parte del riesgo es aceptado por el ICO. Al mismo tiempo, la homogeneidad de los criterios para la aplicación de la asistencia por parte de las comunidades es condición para garantizar no solo la eficiencia en el uso de estos recursos, sino también la unidad de mercado en todo el territorio nacional.

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