

Vox quiere deshacerse de la mención explícita que hace el código penal español de “motivos racistas y antisemitas” en la definición de delitos de odio. Así está contenido en una de las enmiendas propuestas por el grupo al proyecto de Ley Orgánica de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia contra la Violencia, que será discutida en una presentación al Congreso este miércoles.
El ultrapartido propone cambiar la tipificación de este delito, conforme a lo dispuesto en el artículo 510 del Código Penal, y mantener la sanción para quienes fomenten, promuevan o inciten al odio, la discriminación o la violencia contra un grupo o persona por su causa. ideología, etnia religiosa, raza, nación, sexo, orientación sexual, etc., pero la supresión de las referencias expresas que hace la ley actual a “motivos racistas y antisemitas”. Aunque esta mención pueda parecer superflua, pues ya está implícita en las alusiones a la raza o la religión, España la ha incluido en su legislación por las obligaciones internacionales que ha adquirido, y para centrarlas en dos de las manifestaciones delictivas históricamente más graves. .contra la carrera. : racismo y antisemitismo.
Este no es un fenómeno que se haya erradicado en España. La Fiscalía inició recientemente una demanda contra las proclamas antisemitas lanzadas en un homenaje neonazi a la División Azul celebrado en Madrid el 13 de febrero, en el que un líder falangista declaró: “El judío es el culpable”.
Vox no respondió a la solicitud de EL PAÍS de explicar los motivos de esta enmienda, ni la justifica en el mandato que presentó al Congreso. Sin embargo, esto no pudo deberse a un mero error, ya que eliminó la expresión ‘motivos racistas’ [y] antisemitas ”cinco veces en cinco párrafos diferentes del proyecto de ley.
También se opone a agravar los delitos de odio que “cambian el orden público o crean una grave sensación de inseguridad o miedo” entre los miembros de la comunidad que son el ataque o el acoso, porque son conceptos legales absolutamente indefinidos. ”.
Vox ha sido objeto de numerosas denuncias por sus campañas contra los inmigrantes irregulares y la comunidad musulmana afincada en España, que los identifica conjuntamente con la delincuencia y el terrorismo, pero hasta ahora no han sido condenados por un delito de odio.
El ultrapartido propone eliminar de la ley el objetivo de proteger “los estereotipos de carácter sexista, racista, estético, homofóbico o transfóbico”, con el argumento de que esta afirmación atenta contra la libertad de expresión de los ciudadanos de nuestro entorno, limitada. opinión sobre “tales elecciones sexuales, basadas en su ideología, moral o creencias”. Y no quiere que se capacite a maestros, jueces o fiscales sobre el impacto que los roles de género pueden tener en la violencia contra los menores; Dado que ‘estos estereotipos’, asegura, ‘pueden ser aquellos que, en el ejercicio de su libertad religiosa y el derecho a la educación de sus hijos, se presenten como deseables a la consideración de los padres’. Según él, la prohibición de ellos “significaría un daño irreversible a la libertad de los padres para educar a sus hijos”.
En la misma línea, Vox tampoco acepta que se perciba como ‘publicidad que atenta contra la dignidad de la persona’ o atenta contra los valores y derechos constitucionales, aquellos que tienen estereotipos de promoción sexista, racista, estética u homofóbica o transfóbica. . naturaleza “.
Con sus modificaciones, la ultrafiesta borró todas las referencias que se hacían a ‘chicas’ en el texto, alegando que el genérico ‘chicos’ incluía a ambos sexos, según la RAE: y, en base a la ‘Mejora técnica y lingüística’, afirma antes de utilizar el término “discapacitados” en lugar de “personas con discapacidades”; contrariamente a lo dispuesto en la Convención de Naciones Unidas de 2006, ratificada por España.
También pide la eliminación de los denominados ‘indicadores de riesgo’ que permiten a la administración intervenir para brindar protección al menor cuando surgen una serie de circunstancias, entre las que se encuentra el proyecto el uso de sanciones ordinarias excesivas y las ‘correcciones violentas para la corrección ‘incluir. o “La no aceptación de la orientación sexual, identidad de género o características sexuales” del apartado. Voz descarta este catálogo como ‘error’ y pregunta si la negativa a vacunar a los niños o la educación segregada por sexo puede considerarse un ‘indicador de riesgo’.
También busca eliminar la obligación de los menores condenados por delitos contra la libertad sexual o violencia machista de realizar un curso de “igualdad de género” para rehabilitarse; y considera “innecesario” precisar que las víctimas de delitos de violencia machista deben ser informadas de las medidas tomadas para protegerlas de sus agresores.